
El Registro Civil de la Provincia de Río Negro reveló en las últimas horas un incremento en la lista de deudores alimentarios. Este fenómeno no solo afecta a las familias necesitadas de apoyo económico, sino que plantea serias interrogantes sobre el bienestar social y la responsabilidad parental en la región.
Dentro de la problemática de la morosidad se reportaron 1.286 casos para el Registro de Deudores Alimentarios (REDAM), con 14 nuevos morosos aunque se dieron de baja cinco, quienes optaron por cumplir con sus obligaciones en el marco de la Ley Nº 3.475.
Al hacer público el nombre de aquellos que no están al día con sus pagos en el Boletín Oficial de la provincia, se espera crear un incentivo para que los padres cumplan con sus responsabilidades. Esta norma otorga funciones al registro como llevar un listado de todos aquéllos que adeuden total o parcialmente tres cuotas alimentarias consecutivas o cinco alternadas, ya sean alimentos provisorios o definitivos, fijados u homologados por sentencia firme. Expedir certificados ante requerimientos de persona física o jurídica, pública o privada, con interés legítimo, en forma gratuita.
El REDAM se publica en los meses de junio y diciembre el listado completo de deudores alimentarios morosos. En los restantes meses se efectúa la publicación de altas y bajas mencionando a qué publicación plena se refieren. Todos los listados deberán hacerse públicos en la primera edición de cada mes.
La inscripción en el Registro o su baja se hará por orden judicial, ya sea de oficio o por petición de parte. Los Juzgados deberán informar al Registro la condición de morosidad, cuando habiéndose iniciado la ejecución de las deudas por cuotas alimentarias y ejercido el derecho de defensa, el obligado no diere cumplimiento al pago de las mismas en forma voluntaria o forzada.
Dentro de la normativa El juez competente podrá, a petición del interesado, disponer la suspensión transitoria de su inclusión en el Registro por el término máximo de 120 días, si con dicha medida se posibilita el acceso a una fuente de ingresos o actividad que permita el cumplimiento de la obligación alimentaria.
Las personas incluidas en el listado del Registro, mientras no regularicen su situación, no podrán obtener habilitaciones, concesiones, licencias, permisos ni celebrar contrato alguno con el Estado provincial, y tampoco podrán acceder a cargos en el sector público provincial.